
ABACO Internacional comparte una alerta fiscal relacionada con el vencimiento de obligaciones municipales correspondientes al primer trimestre de 2024, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Municipalidades y Reglamentos, así como en el Plan de Arbitrios de la AMDC.
Conforme al Artículo 75 del Decreto No. 134-90, Ley de Municipalidades y Reglamentos, reformado por el Decreto 177-91, tienen carácter de impuestos municipales, entre otros, el impuesto personal y el impuesto sobre industria, comercio y servicios.
Impuesto sobre industria, comercio y servicios
El impuesto sobre industria, comercio y servicios es una obligación municipal que deben pagar mensualmente las personas naturales, comerciantes individuales o sociedades por el desarrollo de actividades mercantiles, industriales, sociales o económicas, de acuerdo con su volumen de producción, ingresos o ventas anuales.
| Impuesto | Fecha límite de presentación | Fecha límite de pago |
|---|---|---|
| Impuesto sobre industria, comercio y servicios | 31 de enero de 2024 | 10 de cada mes |
Impuesto personal o vecinal
El impuesto personal o vecinal recae sobre los ingresos anuales que perciben las personas naturales dentro del municipio, tengan o no domicilio o residencia en el mismo.
De acuerdo con el Plan de Arbitrios de la AMDC, es posible aplicar un descuento del 10% cuando este impuesto se paga de forma anticipada, a más tardar el 31 de enero de 2024.
| Impuesto | Fecha límite de presentación | Fecha límite de pago |
|---|---|---|
| Impuesto personal o vecinal | 31 de marzo de 2024 | 30 de abril de 2024 para el agente retenedor |
Recomendación
Es importante que las empresas, comerciantes individuales y contribuyentes revisen oportunamente sus obligaciones municipales para evitar recargos, multas o incumplimientos ante la autoridad correspondiente.
En ABACO Internacional brindamos acompañamiento profesional para la revisión, planificación y cumplimiento de obligaciones fiscales y municipales.
Experiencia – Respaldo – Confianza











