Conozca los aspectos principales de la amnistía tributaria municipal y los cambios aplicables a los adultos mayores de la cuarta edad en Honduras.
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ABACO Internacional informa sobre la publicación en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,460, de fecha 14 de febrero de 2024, relacionada con reformas legales de interés para contribuyentes, empresas, adultos mayores y comercios en Honduras.

El documento contiene, entre otros temas, disposiciones sobre la amnistía tributaria municipal y reformas a la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados.

Amnistía tributaria municipal

Mediante el Decreto No. 5-2024 se concede el beneficio de amnistía tributaria municipal en todas las municipalidades del país, aplicable al pago de intereses, multas, cargos y recargos causados por mora en obligaciones municipales.

Este beneficio aplica a personas naturales y jurídicas con obligaciones acumuladas al 1 de diciembre de 2023, relacionadas con impuestos municipales, tasas y contribuciones.

Durante la vigencia de la amnistía, los contribuyentes pueden regularizar sus obligaciones municipales libres de intereses por mora, multas, cargos y recargos. Además, las municipalidades quedan autorizadas para establecer planes de pago, siempre que estos no sean mayores a un año.

También se establece que las municipalidades que así lo dispongan pueden otorgar un descuento de hasta el 20% sobre el monto de la obligación principal, siempre que dicho beneficio sea aprobado por la Corporación Municipal correspondiente.

Es importante tomar en cuenta que la amnistía no comprende obligaciones, intereses, multas, cargos o recargos generados después del 1 de diciembre de 2023.

Cambios en la Ley del Adulto Mayor

El Decreto No. 59-2023 reforma por adición disposiciones de la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados, incorporando la categoría de adulto mayor de la cuarta edad.

La cuarta edad se refiere a las personas que han cumplido 80 años o más, sean hondureñas por nacimiento, naturalizadas o extranjeras residentes con la debida acreditación.

Entre los beneficios contemplados para los adultos mayores de la cuarta edad se incluyen descuentos en transporte, alimentación, servicios de salud, medicamentos, consultas médicas, intervenciones quirúrgicas, servicios odontológicos, optometría, oftalmología, servicios radiológicos, insumos médicos, actividades de recreación, servicios funerarios, servicios notariales y alojamiento.

Asimismo, se establece que la ley debe estar visible en comercios y establecimientos del país, sin importar su rubro. También se contempla la emisión de un carné para las personas comprendidas en la categoría de cuarta edad, sin perjuicio de que la acreditación pueda realizarse con la presentación del Documento Nacional de Identificación.

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